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Beneficiario
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Empleo y contratación
Localización
Canarias
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Educación y ciencia, Economía Social, Seguridad, Igualdad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Medio Ambiente, Caza y pesca, Vivienda e hipotecas, Agricultura, Sector Financiero/Bancario, Construcción y obras
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
13/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Las cuantias de la subvencion a financiar sera de acuerdo a programas. Consultar en el pdf la asigancion para cada linea
Finalidad
Esta orden tiene por objeto regular las bases que definan los programas destinados al fomento de la inclusión laboral de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo, de conformidad con lo establecido en las Subsecciones 2ª y 3ª , de la Sección 3ª Programas del eje 3 ?Oportunidades de empleo? del Capítulo V ?Programas comunes de políticas activas de empleo? del Real Decreto 818/2021, ?Programa de inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo? y ?Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido?, programas estos que tienen por objeto la integración de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario y protegido, mediante la concesión de subvenciones públicas dirigidas a la contratación indefinida de las personas con discapacidad en el mercado ordinario y fomentar la creación y mantenimiento de puestos de trabajo en los CEE, que hubieran recibido su calificación como tal en los términos legalmente establecidos.
A efectos de esta Orden se entenderá por:
a) Personas con discapacidad: aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Estas personas, y en especial las personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, tendrán la condición de destinatarias finales de los programas regulados en esta Orden.
b) Personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo: las personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental o con discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, así como las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.
A efectos de esta Orden se entenderá por:
a) Personas con discapacidad: aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Estas personas, y en especial las personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, tendrán la condición de destinatarias finales de los programas regulados en esta Orden.
b) Personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo: las personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental o con discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, así como las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.
Localización
Aragón
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Medio Ambiente, Industria, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Energía, Caza y pesca, Consumo, Seguridad, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Artesanía, Economía Social, Comercio y marketing, Comunicación pública, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
22/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía individualizada de la ayuda se calculará en dos tramos distintos, según el gasto subvencionable se someta al Reglamento UE de exención por categorías o al Reglamento UE de ayudas de "minimis". Para el cálculo de la ayuda, en un mismo concepto concreto de gasto no se podrán aplicar regímenes de ayuda diferentes.
Finalidad
Estas bases establecen las condiciones de acceso a un régimen de subvenciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para fomentar la inversión en economía circular, así como la realización de proyectos empresariales en Aragón que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial en economía circular.
Localización
Cataluña
Categorías
Comunicación pública, Cultura e idiomas, Empresa, Empleo y contratación, Igualdad, Servicios Sociales, Economía Social, Educación y ciencia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Seguridad, Comercio y marketing, Vivienda e hipotecas
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
22/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
1.1. El objeto de estas bases es regular el procedimiento para la concesión de subvenciones estructurales a empresas periodísticas y entidades sin ánimo de lucro para la edición de publicaciones periódicas con contenido de redacción periodística en catalán o aranés, que se ponen a disposición del público en soporte papel y están realizadas con medios de imprenta, o bien para la edición en catalán o aranés de publicaciones periódicas en otras lenguas.
1.2. No se consideran incluidos en las subvenciones que son objeto de estas bases los siguientes supuestos:
a) La edición de publicaciones editadas o coeditadas por instituciones públicas, por entidades privadas con participación mayoritaria de instituciones públicas en su financiación o gobierno o por entidades privadas por encargo de instituciones públicas.
b) La edición de boletines y las publicaciones corporativas.
c) La edición de reclamos publicitarios y las guías comerciales.
d) La edición de suplementos de publicaciones.
e) La edición de publicaciones que se comercializan de forma encartada o de manera condicionada a la adquisición de otra.
f) La edición de publicaciones que consisten esencialmente en la reproducción o adaptación de trabajos, artículos de actualidad o contenidos de redacción no periodística originalmente publicados en otros medios escritos que hayan concurrido a la misma convocatoria.
1.2. No se consideran incluidos en las subvenciones que son objeto de estas bases los siguientes supuestos:
a) La edición de publicaciones editadas o coeditadas por instituciones públicas, por entidades privadas con participación mayoritaria de instituciones públicas en su financiación o gobierno o por entidades privadas por encargo de instituciones públicas.
b) La edición de boletines y las publicaciones corporativas.
c) La edición de reclamos publicitarios y las guías comerciales.
d) La edición de suplementos de publicaciones.
e) La edición de publicaciones que se comercializan de forma encartada o de manera condicionada a la adquisición de otra.
f) La edición de publicaciones que consisten esencialmente en la reproducción o adaptación de trabajos, artículos de actualidad o contenidos de redacción no periodística originalmente publicados en otros medios escritos que hayan concurrido a la misma convocatoria.
Localización
País Vasco
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Energía, Medio Ambiente, Industria, Consumo, Cultura e idiomas, Justicia
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
20/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Las medidas están destinadas, exclusivamente, a las empresas que ya son beneficiarias al amparo de cualquiera de las convocatorias vigentes de los programas de ayudas Gauzatu-Industria, Bideratu Berria, Bideratu COVID-19, Indartu, Bateratu COVID-19 y Bilakatu COVID-19.
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Caza y pesca, Industria, Economía Social, Medio Ambiente, Consumo, Participación ciudadana, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
18/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe máximo a subvencionar por póliza será de treinta mil euros (30.000 €).
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como declarar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico de esta ayuda para las pólizas que se suscriban y tengan fecha de entrada en vigor en el año 2023, junto con las de la convocatoria del año 2022 que no fueron abonadas.
Esta ayuda se abonará en forma de aportación al pago de la prima como complemento de la ayuda aportada por la Administración General del Estado a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) en el marco del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1075/2021 de 7 de diciembre por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
La finalidad de estas ayudas es fomentar y promocionar la suscripción del sistema de seguros agrarios, minorando el coste de las pólizas de los seguros agrarios suscritas por los agricultores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como instrumento para compensar sus rentas frente a fenómenos climatológicos adversos y otros riesgos.
Esta ayuda se abonará en forma de aportación al pago de la prima como complemento de la ayuda aportada por la Administración General del Estado a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) en el marco del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1075/2021 de 7 de diciembre por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
La finalidad de estas ayudas es fomentar y promocionar la suscripción del sistema de seguros agrarios, minorando el coste de las pólizas de los seguros agrarios suscritas por los agricultores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como instrumento para compensar sus rentas frente a fenómenos climatológicos adversos y otros riesgos.
Localización
BOE
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Seguridad
Beneficiarios
F. Publicación
17/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Comercio y marketing, Industria, Economía Social, Educación y ciencia, Seguridad, Transporte y vehículos, Empleo y contratación, Turismo y agencias de viajes
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
09/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Murcia
Categorías
Agricultura, Ganadería, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Infancia y juventud, Caza y pesca, Educación y ciencia, Empresa, Medio Ambiente, Economía Social, Familia, Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Participación ciudadana, Igualdad, Comercio y marketing, Energía, Industria, Reparación daños fenómenos naturales
Beneficiarios
Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
17/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, conforme a lo establecido en el artículo 75 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
Localización
Cataluña
Categorías
Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Familia, Infancia y juventud, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Empresa, Empleo y contratación, Construcción y obras, Ferias y congresos, Igualdad
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
16/03/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la subvención será del 20% del importe del alquiler o del precio de cesión anual cuando el esfuerzo para pagar el alquiler o el de la cesión sea igual o inferior al 30% de sus ingresos, ponderados de acuerdo con lo que dispone el apartado 1 de esta base reguladora. Será del 30% del importe de la renta del alquiler o del precio de cesión anual cuando el esfuerzo para pagar el alquiler sea superior al 30% e inferior al 40% de los ingresos ponderados, de acuerdo con lo que dispone
Finalidad
Estas bases tienen por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de subvenciones para facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a los sectores de población en riesgo de exclusión social que establece la base reguladora 3.
Localización
BOE
Categorías
Justicia, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Educación y ciencia, Empleo y contratación, Ferias y congresos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
06/03/2023
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Finalidad

