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Familia
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Familia
Localización
Castilla y León
Categorías
Familia, Empleo y contratación, Servicios Sociales
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
13/06/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Murcia
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Economía Social, Familia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Participación ciudadana, Agricultura, Seguridad, Caza y pesca
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
10/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de 1.000,00 euros
Finalidad

1. El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el establecimiento como trabajadores autónomos de personas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por primera vez, o hayan pasado más de 2 años desde la última vez que se dieron de alta en dicho régimen. También la reincorporación de las trabajadoras por cuenta propia o autónomas en determinados supuestos que prevé esta norma cuando vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia, dándose de alta en RETA, dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese.
2. El ámbito territorial de aplicación de esta Orden se circunscribe al territorio de la Región de Murcia.

Localización
Aragón
Categorías
Empleo y contratación, Infancia y juventud, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Igualdad, Educación y ciencia, Caza y pesca, Medio Ambiente, Economía Social, Seguridad, Deporte, Familia, Turismo y agencias de viajes, Ocio y tiempo libre, Participación ciudadana, Construcción y obras, Vivienda e hipotecas, Estadísticas y encuestas, Comunicación pública, Consumo
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
01/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Las ayudas a la contratación previstas en la presente Orden y vinculadas a costes directos de personal se determinan conforme a la modalidad de costes unitarios establecida en el artículo 53 y siguientes del RDC. El cálculo de la subvención por persona joven contratada se realizará conforme a la siguiente fórmula: Coste Unitario multiplicado por el número de meses completos de duración del contrato inicial, con el límite máximo de 10 meses subvencionables.
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto aprobar el "Programa JOVEM" de fomento del empleo juvenil cuya finalidad es favorecer la empleabilidad, la mejora de las competencias profesionales y la adquisición de experiencia laboral de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil a través de su participación en proyectos de interés general y social promovidos por entidades locales, organismos, corporaciones y empresas públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de colaboración con el Instituto Aragonés de Empleo, que se ejecuten o presten en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Localización
Madrid
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Industria, Comercio y marketing, Familia, Ferias y congresos, Seguridad, Servicios Sociales, Igualdad, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Estadísticas y encuestas, Construcción y obras, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
25/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la ayuda será como máximo de 450.000 euros por proyecto.
Finalidad
NOTA: PLAZO
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo comprendido en las prioridades de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente (S3) de la Comunidad de Madrid a través de entidades de enlace de la innovación tecnológica y proceder a la convocatoria de las ayudas correspondientes al año 2022.

1. Las bases reguladoras que se aprueban mediante la presente orden se dirigen con carácter general al cumplimiento de los siguientes fines:

a) Promover la innovación y transferencia tecnológica al tejido empresarial, así como estimular el uso de la innovación, en especial, para desarrollar nuevos productos, procesos y servicios, o mejoras en los ya existentes.

b) Potenciar la colaboración entre empresas e investigadores e innovadores tecnológicos para facilitar la transferencia y uso de la innovación tecnológica en el sector productivo.

c) Impulsar la colaboración público-privada en innovación y transferencia tecnológica, especialmente para fortalecer las líneas de innovación tecnológica de las empresas madrileñas y para desarrollar proyectos tecnológicos e industriales junto con las Universidades, Parques Científicos, Organismos Públicos de Investigación o las fundaciones de investigación hospitalarias, etc.

d) Potenciar el desarrollo de nuevas ideas empresariales y de nuevas empresas de base tecnológica (spin-off?s; start-up?s; nuevas empresas de base tecnológica: EBT?s/EBC?s) desde universidades, centros u organismos de investigación o fundaciones de investigación hospitalaria, a través de centros o unidades de enlace que pongan a su disposición los medios y servicios necesarios para que las empresas puedan innovar y mejorar su posición en el entorno empresarial.

e) Facilitar a emprendedores y nuevas empresas de base tecnológica el acceso al mercado en condiciones competitivas, mediante servicios de consultoría y asesoría técnica, financiera, jurídica, tecnológica y de gestión y desarrollo empresarial, así como acompañar a empresas innovadoras ya creadas en su proceso de desarrollo, financiación y crecimiento.

f) Impulsar el aprovechamiento, por parte de las empresas, de las entidades de transferencia tecnológica y de las facilitadoras de la cooperación entre los diferentes subsistemas (ciencia-empresa-administración-usuarios) para dar apoyo al tejido empresarial en las diferentes etapas del proceso de generación y uso de la innovación tecnológica, desde la fase de emprendimiento, crecimiento, generación de innovación, etc. hasta la transferencia de conocimiento, incluyendo el resto de etapas intermedias.

g) Fomentar y desarrollar actividades de difusión, estímulo y dinamización de la cultura de innovación empresarial y cooperación tecnológica, entre ellas, análisis, divulgación, formación y mayor accesibilidad de la innovación tecnológica.

h) Potenciar un enfoque de innovación tecnológica más distribuido, más participativo y más descentralizado, avanzando hacia el concepto de innovación abierta (open-innovation).

i) Valorizar la aplicación en el tejido empresarial del conocimiento y la innovación tecnológica, generados en los organismos y centros de investigación e innovación tecnológica.

j) Facilitar el acceso del tejido empresarial a los catálogos y recursos de oferta tecnológica de Universidades, centros y organismos públicos de investigación y de otras entidades de I+D+i de la Comunidad de Madrid.

k) Estimular el contacto entre las empresas y el subsistema técnico-científico y, con carácter general, entre los diferentes agentes participantes en el ecosistema innovador, e impulsar la participación conjunta de dichos agentes en proyectos de transferencia tecnológica al tejido empresarial.

l) Facilitar y desarrollar la organización de eventos, jornadas, concursos, premios, actividades de difusión y, en general, actividades de promoción de la transferencia tecnológica que permitan conocer las necesidades del sector productivo en materia de innovación, potenciar la innovación y transferencia tecnológica al tejido productivo y poner a disposición de las empresas las nuevas tecnologías generadas por los distintos agentes del ecosistema innovador de la Comunidad de Madrid.

m) Fomentar la participación de los agentes del ecosistema innovador y tecnológico de la Comunidad de Madrid en Foros de Transferencia de Conocimiento y Tecnología a nivel regional, nacional e internacional.

n) Fomentar la participación del tejido empresarial en proyectos internacionales de innovación tecnológica, así como la provisión de facilidades para la presentación de proyectos a convocatorias regionales, nacionales e internacionales.

ñ) Apoyar al tejido empresarial para facilitarle la obtención de derechos de propiedad industrial e intelectual, su identificación, concepción, gestión y comercialización, obtención de licencias y demás derechos por parte de las empresas, especialmente en colaboración con el resto de los distintos agentes del ecosistema innovador y entidades participantes en el flujo de transferencia de tecnología.

2. Las ayudas se destinarán a financiar los proyectos dinamizadores de las entidades beneficiarias, que estarán dirigidos esencialmente a apoyar al tejido empresarial en las diferentes etapas del proceso de generación y uso de la innovación y transferencia tecnológica.
Localización
Extremadura
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Educación y ciencia, Infancia y juventud, Servicios Sociales, Igualdad, Economía Social, Seguridad, Caza y pesca, Deporte, Cultura e idiomas, Estadísticas y encuestas, Desarrollo Local y Rural, Transporte y vehículos, Familia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
25/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención será la que resulte de multiplicar por 6 la base mínima de cotización legalmente establecida para el Régimen General a la Seguridad Social por contingencias comunes que le corresponda al grupo de cotización de la persona trabajadora objeto de subvención vigente al día de publicación de la convocatoria. Las bases diarias mínimas de cotización de los grupos 8, 9, 10 y 11 se multiplicarán por 30.
Finalidad
NOTA: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
1. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de la contratación.
2. No obstante lo anterior y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16.3 de las bases reguladoras, se habilita un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el DOE de la convocatoria, para que puedan presentarse solicitudes para los contratos para la obtención de práctica profesional cuyas fechas de inicio se hayan producido entre el 30 de marzo de 2022 y el día de publicación de la presente convocatoria.

OBJETO Y FINALIDAD:

1. El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comuni- dad Autónoma de Extremadura y aprobar la primera convocatoria.

2. Este programa establece ayudas a las entidades enumeradas en el artículo 5 del presente decreto por la contratación de personas desempleadas mediante la modalidad de contrato para la obtención de práctica profesional adecuada a su nivel de estudios, para favorecer la mejora de su empleabilidad a través de la adquisición de experiencia profesional y su incorporación al mercado de trabajo.
Localización
Madrid
Categorías
Industria, Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Energía, Construcción y obras, Seguridad, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Educación y ciencia, Minería, Vivienda e hipotecas, Familia, Consumo, Estadísticas y encuestas, Ferias y congresos, Desarrollo Local y Rural, Comunicación pública, Igualdad, Infancia y juventud, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
05/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El límite máximo de la ayuda en el supuesto de que el beneficiario sea un ayuntamiento, una mancomunidad de ayuntamientos o una entidad urbanística de conservación será de 1.000.000 de euros por área de actuación o 1.000.000 de euros por beneficiario; en ambos casos en el ejercicio en el que se notifique la resolución de concesión de ayuda para dicho proyecto; El límite máximo de la ayuda para el resto de beneficiarios, sometidos a la normativa de minimis, será de 200.000 euros por beneficiar
Finalidad
El objeto de las presentes normas reguladoras es el establecimiento del procedimiento de concesión directa de ayudas para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en los polígonos industriales, áreas empresariales y áreas industriales de la Comunidad de Madrid.

Es una medida prioritaria para el desarrollo del sector industrial de la Comunidad de Madrid, cuya finalidad es mejorar la competitividad de las empresas, recuperar el entorno empresarial y la propia imagen de estas áreas, permitir la adaptación de estos espacios al modelo de Industria 4.0 y digitalización de la empresa, además de incrementar su seguridad y mejorar su eficiencia energética y medioambiental.
Localización
Madrid
Categorías
Empresa, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Educación y ciencia, Igualdad, Familia, Seguridad, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Infancia y juventud
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
05/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El límite máximo de subvención, incluyendo todos los conceptos de gasto, será de 250.000 euros para las medianas empresas y de 350.000 euros para las pequeñas empresas; El límite máximo de subvención por gastos de consultoría será de 20.000 euros.
Finalidad
El objeto de la presente norma reguladora es el establecimiento del procedimiento de concesión directa de ayudas a pymes, con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, para financiar la implementación de proyectos destinados a su digitalización, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa de la Comunidad de Madrid 2021-2027.

Esta es una medida prioritaria de carácter económico para el desarrollo de las pymes industriales madrileñas que les permitirá avanzar de forma acelerada en la implementación de tecnologías para la digitalización de sus procesos, productos y servicios, con la finalidad de incrementar así la productividad y la competitividad empresarial.
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes, Educación y ciencia, Estadísticas y encuestas, Seguridad, Medio Ambiente, Igualdad, Servicios Sociales, Familia, Economía Social, Transporte y vehículos, Consumo, Energía, Vivienda e hipotecas, Agricultura, Deporte, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Se establece un límite máximo subvencionable de 150.000 euros
Finalidad
Mediante esta orden se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión y gestión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto que incorporen, entre otras, medidas de reducción de la jornada laboral.

Localización
BOE
Categorías
Economía Social, Empleo y contratación, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Igualdad, Infancia y juventud, Industria, Educación y ciencia, Seguridad, Comercio y marketing, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Familia, Sector Financiero/Bancario, Energía, Vivienda e hipotecas, Ferias y congresos
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
14/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y efectuar la convocatoria para los años 2022 y 2023 de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de, al menos, treinta proyectos de carácter innovador en materia de Economía Social, atendiendo a lo que se establece en el objetivo número 349 del Anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (COM(2021) 322 final), a finalizar en el cuarto trimestre de 2023,a través de los siguientes programas:

a)? Programa de generación y mantenimiento del empleo de empresas viables que estén atravesando dificultades o sin relevo generacional, mediante su conversión en fórmulas empresariales de la Economía Social (cooperativas y sociedades laborales), gestionadas por sus trabajadoras y trabajadores.

b)? Programa de creación y consolidación del tejido productivo de la Economía Social con carácter innovador, incidiendo en el relevo generacional y en el emprendimiento juvenil.

c)? Proyectos trasformadores de apoyo a la modernización tecnológica de las empresas de la Economía Social mediante la creación de plataformas digitales, la automatización de procesos y el uso de herramientas tecnológicas con el fin de mejorar el bienestar de la ciudadanía, especialmente en las zonas rurales.

d)? Promoción de las redes de cooperativas, sociedades laborales y otras fórmulas de Economía Social acompañada de medidas de capacitación y formación para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad.

e)? Programa de impulso de las transiciones sostenibles e inclusivas de empresas de la Economía Social y de colectivos en situación de vulnerabilidad.
Localización
Madrid
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Familia, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Igualdad, Seguridad, Justicia, Empresa
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
12/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la cuantía de la ayuda a la conciliación contemplada en esta Orden será 14 euros por día de asistencia a la formación. Se abonará una vez finalizada la acción formativa, o período de prácticas, en función de los días de asistencia acreditados por el Centro de formación.
Finalidad
El objeto de las normas aprobadas en la presente Orden es la regulación de la ayuda a la conciliación para trabajadores desempleados que participen en acciones de formación, en modalidad presencial y en las jornadas de presencia obligatoria de las acciones de modalidad tele formación, integradas en el Sistema de Formación Profesional para el Empleo financiadas con fondos públicos por parte de la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

La finalidad de la ayuda regulada en esta Orden es permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado, siempre que al inicio de la acción formativa cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del ?Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples? (IPREM).

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