Última revisión
30/03/2022
Extracto de la Orden de 23 de marzo de 2022 del Consejero de Transparencia, Seguridad y Emergencias, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los agentes de la cooperación internacional para el desarrollo en la Región de Murcia, para la realización de proyectos de ayuda humanitaria, en el año 2022. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 30-03-2022
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Extracto de la Orden de 23 de marzo de 2022 del Consejero de Transparencia, Seguridad y Emergencias, por la que se convocan subvenciones, en regimen de concurrencia competitiva, destinadas a los agentes de la cooperacion internacional para el desarrollo en la Region de Murcia, para la realizacion de proyectos de ayuda humanitaria, en el año 2022. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 30/03/2022
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Categorías: Economía Social, Seguridad, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública
| 1484 | Extracto de la Orden de 23 de marzo de 2022 del Consejero de Transparencia, Seguridad y Emergencias, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los agentes de la cooperación internacional para el desarrollo en la Región de Murcia, para la realización de proyectos de ayuda humanitaria, en el año 2022. |
BDNS (Identif.): 617259
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
Primero. Beneficiarios
1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones de estas subvenciones, los agentes de la cooperación internacional para el desarrollo en la Región de Murcia enumerados en el artículo 40 de la Ley 12/2007, de 27 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 41, 42, 43 y 44 de la citada ley, y no se encuentren incursos en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios/as señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. También podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las agrupaciones de ONGD, asociaciones o fundaciones del párrafo anterior, en los términos del artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La valoración de la entidad, será una media ponderada de las valoraciones de las distintas entidades que componen la agrupación, conforme a su porcentaje de ejecución en el proyecto.
3. No se considerara agrupación de entidades a aquellas que estén formadas por una asociación y una federación en la que este integrada aquella, o en las que los órganos de gobierno sean coincidentes, total o mayoritariamente, en todas las entidades agrupadas.
Segundo. Objeto
La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a los agentes de la cooperación internacional para el desarrollo en la Región de Murcia para la ejecución de proyectos de ayuda humanitaria en los países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo que figuran en la lista del Comité de Ayuda al Desarrollo de la Organización para Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), en el año 2022.
Tercero. Bases reguladoras. Procedimiento
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se rige por la Orden de 8 de julio de 2021 de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, de aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva destinadas a los agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo en la Región de Murcia, para la realización de proyectos de ayuda humanitaria (BORM n.º 161 de 15 de julio de 2021). (Corrección de errores, BORM n.º 52 de 4 marzo de 2022).
Cuarto. Cuantía de la subvención
Las subvenciones se otorgarán con cargo a las partidas presupuestarias, 20.03.00.126I.490.00, proyecto 49097 'A ONGD. Ayuda Humanitaria Cooperación al Desarrollo' (90.000,00 euros) y 20.03.00.126I.790, proyecto 49102 'A ONGD. Actuaciones inversoras Ayuda Humanitaria' (60.000,00 euros), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2021, por un importe máximo de 150.000,00 euros.
Quinto. Solicitud y plazo de presentación.
1. Las solicitudes y comunicaciones, así como la documentación requerida deberán presentarse obligatoriamente por medios electrónicos en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), a través del Registro Electrónico Único, por medio del procedimiento habilitado a tal fin en la Guía de procedimientos y servicios (n.º 3685).
2. Las solicitudes de subvención deberán dirigirse a la Dirección General de Gobierno Abierto y Cooperación y se presentaran mediante formulario normalizado, disponible en dicha sede electrónica en el procedimiento n.º 3685, acompañada de la documentación prevista en el artículo siguiente.
3. El plazo de presentación de la solicitud será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de esta orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Sexto. Resolución
Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la Consejería competente en materia de Cooperación Internacional para el Desarrollo, resolverá mediante orden que se publicará en la forma prevista en el artículo 15, en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria, según lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre.
Murcia, 23 de marzo de 2022. El Consejero de Transparencia, Seguridad y Emergencias (P.D. Orden de 1 de diciembre de 2021, BORM n.º 284 de 10 de diciembre) la Secretaria General, Elena García Quiñones.
NPE: A-300322-1484

