Extracto del Acuerdo de l...25-03-2022

Última revisión
25/03/2022

Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Villa de Bilbao, de 16 de marzo de 2022, por el que se convocan subvenciones para la ejecución de obras de reparación de elementos estructurales asociados a edificios residenciales para el año 2022. BDNS (Identif.): 615778. - Boletín Oficial de Bizkaia de 25-03-2022

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Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Villa de Bilbao, de 16 de marzo de 2022, por el que se convocan subvenciones para la ejecucion de obras de reparacion de elementos estructurales asociados a edificios residenciales para el año 2022. BDNS (Identif.): 615778. - Boletín Oficial de Bizkaia de 25/03/2022

Plazo Solicitud: Ver Detalles, 25/03/2022 hasta ----

Tipo: Convocatorias

Boletín: Boletín Oficial de Bizkaia

Categorías: Construcción y obras, Vivienda e hipotecas, Desarrollo Local y Rural


De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/615778)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero.-Beneficiarias

Las personas físicas o jurídicas propietarias de edificaciones residenciales sobre las que se realice la intervención, así como las Comunidades Propietarias cuando se trate de elementos comunes, quienes podrán actuar por iniciativa propia o a requerimiento del Ayuntamiento.

Segundo.-Actuaciones subvencionables

Tipo 1: Reformas estructurales: obras de reparación de elementos estructurales asociados a edificios de uso residencial, que afecten a forjados, muros de carga, pórticos, cimentaciones, así como a instalaciones de conducciones horizontales de pluviales y fecales. También serán subvencionables las intervenciones en la envolvente del inmueble para eliminar el riesgo de desprendimientos, caídas de cascotes o cornisas siempre y cuando hayan sido ejecutadas, como consecuencia de las medidas dictadas o requeridas por el Ayuntamiento.

Se incluye la reparación de los elementos estructurales dañados hasta la total reparación del elemento sustentante, forjado, pórtico, etc.

No obstante, están excluidas aquellas medidas auxiliares preventivas, tales como apuntalamientos provisionales, que se realicen de forma previa a la intervención estructural propiamente dicha, así como la reposición de los acabados que se deban sustituir para la consecución de las debidas condiciones de conservación y ornato.

Incluye la reparación de los elementos estructurales dañados hasta la total reparación del elemento sustentante, forjado, pórtico, etc.

Se excluyen medidas auxiliares preventivas, tales como apuntalamientos provisionales, así como la reposición de los acabados que se deban sustituir para la consecución de las debidas condiciones de conservación y ornato.

Tipo 2: Edificios afectados por termes: el tratamiento para la erradicación de plagas de termes y obras de reparación de los inmuebles afectados.

Tercero.-Bases Reguladoras

Ordenanza general reguladora de las bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y entidades de derecho público, aprobada por Acuerdo del Pleno de 30 de junio de 2016 y publicadas en el «Boletín Oficial de Bizkaia» de 20 de julio de 2016.

Cuarto.-Cuantía

La cuantía destinada a la presente convocatoria asciende a setenta y cinco mil euros (75.000 euros).

1. Reformas estructurales: La ayuda económica consistirá en una subvención a

fondo perdido del 25% del coste real de la obra.

- El presupuesto de la actuación mínimo subvencionable será de tres mil (3.000) euros.

- El importe máximo de la ayuda será de ocho mil (8.000) euros por edificio. 2. Edificios afectados por termes:

- Cuando la actuación consista en la erradicación de plagas de termes y obras de reparación de los inmuebles afectados, la ayuda económica consistirá en una subvención a fondo perdido del 50% del coste real del tratamiento antitermes y de los trabajos que se hayan llevado a cabo.

- La cuantía máxima de esta ayuda será de veinticinco mil (25.000) euros por edificio.

- La ayuda económica por las obras de reposición de los acabados como consecuencia de la reparación de los elementos constructivos o por la apertura de catas, será del 50% del coste real. La cuantía máxima de la ayuda por este concepto será de cinco mil (5.000) euros por edificio.

- La ayuda económica por la contratación de los servicios profesionales de administración de fincas será del 100% de los honorarios profesionales correspondientes a un año . La cuantía máxima de la ayuda por este concepto será de ochocientos (800) euros por edificio.

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y finaliza el 14 de noviembre de 2022.

Sexto.-Otros datos

El ámbito geográfico de aplicación de esta Convocatoria comprende el término municipal de Bilbao, excluido el que corresponde gestionar a Surbisa (Casco Viejo, Bilbao La Vieja, barrio de los Ferroviarios, barrio La Cruz, Olabeaga, Zazpilanda, Irala-áreas degradadas e Irala histórico). Las obras deben disponer de la correspondiente licencia o autorización municipal.

En Bilbao, a 16 de marzo de 2022.-El Concejal Delegado del Área de obras, planificación urbana y proyectos estratégicos, Asier Abaunza Robles

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