Artículo 5. prueba para ordenacion jess
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»MODIF Artículo 5. Formación previa requerida para participar en pruebas para habilitación de instructor de tiro.
Vigente
MODIF
Para poder participar en las pruebas para habilitación de instructor de tiro será necesario que los aspirantes acrediten haber superado la formación previa impartida por un centro de formación, que reúna los requisitos que se determinan en el artículo siguiente.
Modificaciones
- Artículo modificado (MODIF) por Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de las instalaciones del regimen especial. (BOE de 31-12-2009) en vigor desde 01-10-2026

